TAMON: La planta de Du Pont donde se produjo un derrame llevaba...

La planta de Du Pont donde se produjo un derrame llevaba 21 días con incidentes

QUE POQUITO SE CUENTA DE ESTA INDUSTRIA...

La sección sindical del SOMA reclama participar en la investigación del incidente químico y la CSI lo denuncia ante la Inspección de Trabajo
Saúl Fernández 27.08.2019 | 00:15
Durante las tres últimas semanas, los trabajadores de la planta de nomex del valle de Tamón observaron pequeños incidentes en "tanques y tuberías" que el pasado sábado, tal y como desveló LA NUEVA ESPAÑA, devinieron en un derrame de "aproximadamente 28 toneladas a 50º de temperatura de agua con DMAC al 12 por ciento". Los trabajadores que se encargaron de recuperar el disolvente vertido fortuitamente concluyeron su tarea ayer por la tarde.

La sección sindical de SOMA-FITAG-UGT califica este incidente como "grave" pese a que "no afectó a ningún trabajador, al menos de manera directa". Pese a ello, dicen: "Nos mantenemos a la espera de los resultados de las muestras de orina del personal de emergencia interno y de los trabajadores que colaboraron en dichas tareas, por exposición a los vapores generados debido a la alta temperatura; siendo conocido que los empleados que trabajan en áreas con presencia de dicho disolvente son sometidos a controles rutinarios preventivos". Y es que la DMAC es un tóxico que es nocivo en contacto con la piel o si se inhala y causa irritación ocular grave.

"Ante la relevancia de los hechos, esta sección sindical espera que, ahora sí, se permita a sus delegados de prevención participar y dar sus opiniones de mejora sobre estos indicentes, los cuales ya están recogidos en un informe elaborado por los delegados de prevención de la sección sindical", se puede leer en el comunicado correspondiente.

Por otra parte, la Corriente Sindical de Izquierdas (CSI) presentó ayer una denuncia en la Inspección de Trabajo para se requiera a la empresa "para que cese de forma inmediata en las aptitudes que constituyen claramente una infracción de la legislación laboral vigente, y en su caso proceda a aplicar las sanciones que correspondan, dándose cuenta, asimismo, al sindicato de las actuaciones realizadas en orden a la averiguación de los hechos y de la resolución final" por parte de la autoridad laboral.