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ALOSNO: Fermina, hay que ver como eres, no me extraña que no...

Fermina, hay que ver como eres, no me extraña que no te dejen entrar en algunas páginas, si las registras toas como quieres que te dejen, y encima quieres que el amigo Poeta te ayude a registrarlas, pues conmigo no cuentes para eso que a mi no me gustan los registros, jaja.
Espe, eso, eso, tu dale a la pluma que yo te iré leyendo y lo que vea bueno al almacén y el libro lo escribiré yo, jaja, y dile a tu marido que escriba él otro y os retirais mutuamente, jaja.
Poeta, que habrás hecho tu para perder los apuntes de poesias entre los pliegues de la falda y las enaguas, claro, es que la sombra de un laurel cobija muy bien cuando hace calor, jaja.
CASTEFA, no se yo si le funcinará mejor a Manolo presentarse en el pueblo y pedirle al okupa que se vaya y si no hace caso llamar a la autoridad competente en virtud al Art. 245 apartado 2º del Codigo penal (El que ocupare, sin autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajenos que no constituyan morada, o se mantuviere en ellos contra la voluntad de su titular, será castigado con la pena de multa de tres a seis meses), y si utilizase el okupa la violencia o intimidación, estariamos ante el apartado 1º del mismo artículo, cuya multa será de (de 6 a 18 meses, además de las penas en que incurriere por las violencias ejercidas), además de pedir las indemnizaciones por los daños causados, si los hubiere.
Abrazos para tos y toas, El Emigrao.