ESO SI además si es:
JUBILACIÓN
Tener sesenta y cinco o más años.
Residir en territorio español y haberlo hecho en éste o en el territorio de algún país miembro de la Unión Europea durante diez años, en el periodo que media entre la fecha en que la persona solicitante hubiese cumplido los 16 años y la de devengo de la pensión, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
INVALIDEZ
Tener dieciocho o más años y menos de sesenta y cinco. ... (ver texto completo)
JUBILACIÓN
Tener sesenta y cinco o más años.
Residir en territorio español y haberlo hecho en éste o en el territorio de algún país miembro de la Unión Europea durante diez años, en el periodo que media entre la fecha en que la persona solicitante hubiese cumplido los 16 años y la de devengo de la pensión, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
INVALIDEZ
Tener dieciocho o más años y menos de sesenta y cinco. ... (ver texto completo)
Las Pensiones no Contributivas de Jubilación y de Invalidez son incompatibles:
entre sí,
con las pensiones asistenciales del Fondo de Asistencia Social (FAS),
con los Subsidios de Garantía de Ingresos Mínimos y por Ayuda de Tercera Persona de la Ley de Integración de los Minusválidos,
con la condición de causante de la prestación familiar por hijo o hija a cargo con discapacidad
entre sí,
con las pensiones asistenciales del Fondo de Asistencia Social (FAS),
con los Subsidios de Garantía de Ingresos Mínimos y por Ayuda de Tercera Persona de la Ley de Integración de los Minusválidos,
con la condición de causante de la prestación familiar por hijo o hija a cargo con discapacidad