ALMUÑECAR: ALMUÑECAR: c. con ayunt., en la prov., aud. terr.,...

ALMUÑECAR: c. con ayunt., en la prov., aud. terr., c. g. y dióc. de Granada (11 leg.), part. jud. de Motril (4), cab. de la vicaría ecl., y del distr. militar de su nombre, con adm. de rent., habilitada para el cabotaje, en la que hay un administrador tesorero, un interventor y un fiel de playa, dotados por la nación. Se halla SIT. en la orilla del mar y sobre una colina, detrás de la cual se eleva una cord. de escarpadas sierras en forma de anfiteatro, libre a la influencia de todos los vientos: su CLIMA es templado y muy saludable, sin conocerse más enfermedades comunes que las estacionales, y aun estas de carácter benigno: el CASERÍO bueno y cómodo en lo general, ocupa la mayor parte de la mencionada altura, habiendo bastantes casas edificadas sobre la arena, y en dirección del E. Tiene un estanco de tabacos, una tercena, una intervención de sal con un fiel medidor pagado por la empresa; tres tiendas de ropas, algunas de quincalla y varias de abacería y comestibles; casa municipal, cárcel pública, pósito, carnicería, pescadería, una posada, dos figones, y tres escuelas de instrucción primaria, dos de ellas para niños, donde ademas de leer y escribir, se les enseña elementos de aritmética, geografía, historia, dibujo, física e historia natural; y la otra para niñas, en la cual aprenden, no solo las labores propias de su sexo, sino también a leer, escribir y algo de cuentas, historia, geografía, etc. También hay un hospital bastante capaz y cómodo, dotado con fincas propias, en el que se asiste a los enfermos pobres, tanto vec. de la c. como transeúntes; una igl. parr., titulada la Mayor, servida por un cabildo compuesto de un cura párroco y cuatro beneficiados, y por un teniente, un vicario, varios capellanes de coro, un sacristán, organista, colector y cuatro acólitos, todos los que, a excepción de los capellanes, se hallan dotados actualmente por el Estado, si bien en tiempos anteriores cada beneficiado disfrutaba 21 marjales de tierra, y 8 el sacristán, y a la fáb. de dicha igl. correspondía una porción de fincas sit. en el térm. de esta c., y en los de Gete, Otibar, Lentejo é Itrabo, las que han ingresado en la nación; una ayuda de parr., que es la igl. del suprimido conv. de mínimos; un santuario, con el nombre de la Antigua, sin duda porque fue edificado en tiempo de los sarracenos, y sirvió de primitiva igl.; tres ermitas, una bajo la advocación de la Santísima Trinidad, dentro del pueblo, y las otras dos tituladas de Ntra. Sra. de Gracia y San Sebastian, sit. a un tiro de fusil; y dos oratorios, uno en el hospital de Caridad, y otro en una hacienda, llamada Cantalobos, de propiedad particular. La colina, sobre que dijimos existe la mayor parte de la pobl., se prolonga por el lado del S., y allí habia un reducto fabricado por orden del emperador Carlos V., el cual volaron los ingleses cuando en 1812 le evacuaron las tropas francesas; continuado dicha colina se eleva un cerro, llamado Punta de San Cristóbal, que avanza en la misma dirección 230 toesas dentro del mar; se encuentra a los 30º 44' lat. N., 2º 30' 50º long. E.: es pequeña, formada de peñoles altos, y por ambas partes tiene dos playas, que son los fondeaderos de Almuñécar. El de la parte de levante es abrigo de ponientes en toda la playa, que tiene bastante hondura; se fondea por 9 a 10 brazas dist. de los peñotes como 1 1/2 cable, en cuyo puesto se queda en disposición de poder montar la punta (que es sondable), si salta el viento al E. El fondeadero de la parte del O. solo es abrigo para embarcaciones de poco porte, pues la punta las resguarda del viento E., fondeado por 7 brazas, dist. de los peñotes un cable. Ambos fondeaderos son solo para una necesidad, porque los vientos del E. y SE. son frecuentes y fuertes en esta costa, particularmente en invierno. Se puede hacer aguada con facilidad en la pobl., pues en toda la costa no hay agua dulce. En 1821 las comisiones reunidas de Hacienda y Comercio, informaron a las Cortes que se debia establecer el Depósito de segunda clase, que se trató constituir en la prov. de Granada, habilitando el puerto de Almuñecar y no el de Calahonda, como solicitaba Motril, porque la última carecía de las circunstancias esenciales, con arreglo al decreto de 5 de octubre de 1820; pero este proyecto, aunque ventajoso, fue paralizado, y no tuvo resultado alguno el expediente instruido al efecto.