Mensajes enviados por RAFA:

Hola, muy buenas a todos los que vivimos en los alrededores de Camarma y hemos tenido la "suerte" de conocer a esta persona. Bien para ti patrix y a todos los que os podais encontrar en la misma situación con esta persona. Yo ya he tenido dos encuentros, el primero me pilló como a todos, sin saber muy bien como estaban las leyes y demás. Me conchi es de 1970, por mucho que diga "pedro", que me decia que tenia las 12 leyes de no se que... pues no, solo hay una y es esa y dice claramente que que deben ir acompañados por alguien que los domine y pueden ir sueltos 50 metros en zona despejada y 15 metros en zona con maleza o donde no haya visibilidad, siempre que los perros no cacen. Me he puesto en contacto con el servicio de SEPRONA de la Guardia Civil de Alcalá de Henares, que son los competentes en este territori, y los que en caso de tener que denunciar estos hechos, van a ser ellos, los que propongan para sanción, en el telefono 918880157, y les he contado como estan las cosas, y me han dicho textualmente que estan HARTOS de el tal "pedro", me han confirmado lo que dice la ley, y que POR FAVOR cuando nos pase otra vez, les llamemos que van a venir y le van a explicar a esta persona donde acaban sus funciones y competencias, y de paso le informan lo que dice la ley, que al parecer no tiene ni idea, sino toman medidas mas contundentes. Decir que en época de caza, los perros pueden ir igualmente sueltos, en las mismas condiciones, y por dentro del coto, al igual que las personas, el coto es un terreno de uso publico, alquilado para practicar la caza, sin estar vallado, nadie puede prohibir pasear por él, otra cosa es que por seguridad, o por evitar confrontaciones no andemos en epocas de caza. (Palabras textuales del SEPRONA). Decir a todo el mundo que lea en este foro, que los unicos que tienen la potestad de identificar a alguien son los agentes de la autoridad (Policia nacional, Guardia Civil, Policia Local y Policia autonomica), EN NINGÚN CASO ESTA PERSONA PUEDE PEDRIRNOS EL DNI O QUE NOS IDENTIFIQUEMOS, el no es nada, es un trabajador contratado por una ascociación de cazadores para cuidar del terreno donde esta el coto, asi que haber como va a multar a nadie sin saber como se llama, y ojo si decide retener a alguien, por cualquier motivo contra la voluntad de la persona, eso se llama DELITO DE DETENCION ILEGAL y estamos hablando de palabras mayores. Tambien queria comunicar que se puede interponer denuncia contra él, simplemente por los malos modos, por no decir las COACCIONES Y AMENAZAS que tambien podrian considerarse un delito que esta cometiendo. De hacerlo, es tan facil como ir al cuartel de la Guardia Civil de Alcalá y poner la denuncia en el SEPRONA (calle sigüenza), o en meco tambien se puede.
El caso es que ya está bien de la tonteria de esta persona, y ya que por las buenas no decide cambiar la actitud, tendra que ser por las malas... Un saludo a todos y espero se acabe pronto esta situación. ... (ver texto completo)
Hola a todos, me gustaria que leyeseis dos articulos del Código Penal:
Artículo 336
El que, sin estar legalmente autorizado, emplee para la caza o pesca VENENO,
medios explosivos u otros instrumentos o artes de similar eficacia destructiva
para la fauna, será castigado con la pena de prisión de cuatro meses a dos años
o multa de ocho a veinticuatro meses y, en todo caso, inhabilitación especial
para el ejercicio del derecho de cazar o pescar por tiempo de uno a tres años. Si
el daño causado ... (ver texto completo)
Tengo que decir que estoy al 100% de acuerdo contigo. Hace menos de un mes que tengo dos cachorros de labrador y ya he tenido el "gusto" de conocer al referido guarda, que, supongo que está haciendo su trabajo, pero no lo puede hacer como el quiera. Como bien dices NO es un agente de la autoridad, y por lo tanto no está autorizado para pedir la documentación a nadie, para ello están las fuerzas y cuerpos de seguridad, y mucho menos fuera de lo que es el coto, es decir camino que va a Alcala y resto ... (ver texto completo)