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Programa de toros, CUENCA

Corrida de toros

La corrida de toros es una fiesta​ en la que se corren o lidian toros bravos, a pie o a caballo (rejoneo), en un recinto cerrado para tal fin, la plaza de toros.​

Los actos que la comprenden se denominan lidia y consisten en realizar por parte de los toreros —matadores de toros, banderilleros, picadores y subalternos— una serie de acciones denominadas suertes; estas acciones se desarrollan desde que el toro sale del toril hasta que se produce el arrastre. Al conjunto de suertes realizadas en la plaza se le denomina lidiar o torear, siendo el toreo el arte o habilidad de lidiar.

Se desconoce el momento y el lugar preciso en el que se empiezan a correr los toros, las referencias documentales y artísticas de las mismas datan del siglo xi en Ávila donde se corrieron toros para celebrar una boda, y del siglo xiii en Zamora donde hubo una plaza para celebrar festejos taurinos según se describe en el Fuero de Zamora. Las corridas de toros como espectáculo moderno a pie, tuvieron su origen en España a finales del siglo XVIII.

En una corrida de toros se lidian seis toros bravos o de lidia y participan en la misma los toreros junto con sus respectivas cuadrillas compuestas por banderilleros y picadores, en el caso de la lidia a pie, o por auxiliares cuando la lidia es de rejoneo. El ordenamiento jurídico de las mismas se rige por una serie de normas establecidas por ley en el Reglamento de Espectáculos Taurinos. En él se establecen, entre otras medidas, la de garantizar: la integridad de los toros, su trapío y edad, el indulto del mismo con el fin de mejorar las ganaderías; los derechos y deberes de los espectadores, las características de los útiles de torear o asegurar el nivel profesional de los toreros que intervienen en las corridas de toros, para ello todos los toreros tienen la obligación de estar inscritos en el Registro de Profesionales Taurinos gestionado por el Ministerio del Interior. La autoridad competente para garantizar el buen desarrollo y el cumplimiento del Reglamento de Espectáculos Taurinos en las corridas de toros es el presidente de la plaza, este cargo recae sobre el Gobernador Civil provincial o sobre el Delegado del Gobierno según el caso, quien puede delegar en un funcionario de la escala superior o de la ejecutiva del Cuerpo Nacional de Policía con potestad sancionadora.
(26 de Julio de 2018)


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