Que por la autoridad de este Consejo se le garantiza al Sr. Galileo Galilei que por el espacio de los próximos veinte años no se permite a otros, excepto a él o sus agentes, en esta ciudad o en cualquier lugar de nuestro estado, hacer, haber hecho, o, si se hace el otro sitio, usar el sistema inventado por él para elevar
agua, por el cual, por medio del movimiento de un
caballo, se puede tener corriendo veinte cubos de agua; bajo pena de perder los aparatos, y 300 ducados, un tercio de los cuales
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