Francisco y Luis, en la Plaza de la Virgen, VALENCIA

En un jueves lluvioso, aunque sin frío, nos reunimos para presenciar la representación que tiene lugar todos los jueves, del Tribunal de las Aguas de Valencia. Ya, de paso, aprovechamos para almorzar.

Tribunal de las Aguas de Valencia

Tribunales de regantes del Mediterráneo español: el Consejo de Hombres Buenos de la Huerta de Murcia y el Tribunal de las Aguas de la Huerta de Valencia
Patrimonio cultural inmaterial de la Unesco

Localización

País España
Comunidad Comunidad Valenciana
Provincia Valencia
Coordenadas 39°28′34″N 0°22′30″O
Datos generales
Tipo Cultural inmaterial
Identificación 00171
Región Europa y América del Norte
Inscripción 2009 (IV sesión)
Fecha de celebración Cada jueves del año (excepto festivos y aquellos que van desde Navidad a Reyes).
Lugar de celebración Puerta de los Apóstoles de la Catedral de Valencia

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El Tribunal de las Aguas de la Vega de Valencia, conocido también como Tribunal de las Aguas (en valenciano, Tribunal de les Aigües), es una institución de Justicia encargada de dirimir los conflictos derivados del uso y aprovechamiento del agua de riego entre los agricultores de las Comunidades de Regantes de las acequias que forman parte de él (Quart, Benàger i Faitanar, Tormos, Mislata, Mestalla, Favara, Rascanya, Rovella y Chirivella).

En septiembre de 2008 es designado Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad.

... testimonio único de una tradición cultural viva: la de la justicia y el gobierno democrático y autogestionario de las aguas por parte de los campesinos andalusíes en el ámbito de las huertas que rodeaban las grandes ciudades de la fachada mediterránea de la Península Ibérica...

Historia

Su origen nos es totalmente desconocido, pese a que lo más probable es que sea una evolución, basada en tradiciones andalusíes anteriores. Algunos historiadores como José Vicente Gómez Bayarri sitúan sus orígenes en la época romana.

La teoría más extendida, pero sin ningún fundamento histórico, se la debemos a Francisco Javier Borrull, defendida en 1813 ante las Cortes de Cádiz para intentar salvarlo de su desaparición. Su hipótesis es que ya existía un antecedente en época romana, pero que su fundación tal y como funciona hoy en día se produjo durante los reinados de los califas Abd al-Rahman III y al-Hakam II, en concreto en el año 960 de nuestra era, sin aclarar de dónde sale la referida fecha. La razón es qué es el único momento en que Borrull ve un momento de paz completa en la península, y por lo tanto deduce que de algún momento de los reinados de estos dos califas tuvo que salir la orden. De hecho, en 1960 se celebró el Milenario del Tribunal de las Aguas, impulsado por Vicente Giner Boira, asesor jurídico del Tribunal en aquel momento, y principal defensor de esta teoría en el siglo XX. Una vez “establecido” para Borrull el origen del Tribunal, se aduce la continuidad en época feudal por el Fuero XXXV del rey Jaime I el Conquistador, de 1239, por el que ordena que las acequias se rigen “segons que antigament és e fo establit e acostumat en temps de sarrahïns”. Además, el origen musulmán se ha venido apoyando en tres detalles: el hecho de que se celebre cada jueves (día anterior al viernes, el cual es festivo para los musulmanes); en el exterior de la catedral (antigua mezquita y ágora de la ciudad en tiempos prerromanos); y que el derecho a hablar se otorga en los juicios por el Presidente, que señala con el pie (al igual que en muchas tribus nómadas del Norte de África cada hombre sabio otorga la palabra al resto de indígenas de su propia tribu).

En realidad no tenemos ningún documento que hable expresamente del Tribunal hasta el siglo XVIII, lo que no quiere decir que no existiera antes. Según los Fueros de Valencia la jurisdicción sobre regadíos la tienen los sequiers de cada Comunidad de Regantes. Sabemos que a principios del siglo XV los sequiers de algunas Comunidades de Regantes de la huerta de Valencia ya convocaban a los denunciados los jueves en la plaza de la Seu, pero esto no demuestra la existencia de un Tribunal constituido. Para Thomas Glick, el origen del Tribunal no sería debido a ningún rey o califa, sino que se trataría de una institución de muy larga evolución. Si no tenemos documentación sobre su existencia es porque no tenía un status legal, y como institución jurídica no tenía alguna importancia, puesto que la jurisdicción era de los sequiers. Parece lógico pensar que el objetivo de la reunión conjunta de los sequiers no era tanto el juicio en sí, tal y como se hace hoy en día, sino la consulta entre ellos como máximos conocedores de la realidad de la huerta de Valencia. Es muy probable también que el paso para convertirse de una reunión de sequiers en un Tribunal tal y como lo entendemos hoy en día se produjera precisamente en los mismos años en que Borrull defendía su permanencia en las Cortes de Cádiz, con el objetivo de adecuarlo a la jurisdicción del Estado Liberal.

Es interesante la descripción del funcionamiento del Tribunal en el siglo XIX que hace Vicente Blasco Ibáñez en su novela La barraca.
(14 de Noviembre de 2018)