Las bodegas, como cualquier otro bien, tienen sus legítimos propietarios. El hecho de que algunas no consten inscritas en el Registro de la Propiedad y no se disponga, dentro del ámbito jurídico, del titulo de propiedad que lo acredite, por si solo, no justifica que se prive de la propiedad que pertenece a sus legítimos herederos. Entiendo que es ajustado a Derecho el interés por su total regularización, y en casos de dudas, contraten un buen profesional del Derecho.