Las unicas actividades que permiten dedicacion plena , son LA INVESTIGACION y la GESTION DEL PATRIMONIO PROPIO, la docencia esta limitada a un máximo de 72 horas exigiendo previa autorizacion.
Pero en ningun caso se permite realizar otra actividad, MANUAL, ya que contravendría la normativa interna, ademas de la normativa laboral, de la Seguridad Social, y la Fiscal; o es que hay alguien que no Deva pagar impuestos y estar dado de alta para poder trabajar? y la ley es igual para todos , aunque algunos se empeñen en lo contrario.
Y este es el foro adecuado para emitir opiniones siempre que las mismas sean sobre hechos contrastables y fundamentados en la ley vigente; o es que molesta que se digan las cosas como son?
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