RIELVES: Tambien quisiera hacer referencia al texto que dice...

Tambien quisiera hacer referencia al texto que dice lo de los "paus ostiles".Lo primero, ese termino judicial no existe , en todo caso se referira a una "expropiacion obligatoria", ya que eso de paus, vulgarmente dicho, se refiere a las siglas P.A.U., que significa Plan de Actuacion Urbanistica, y no existe clasificacion alguna de estos.
Si no lo entienden leanse nuestra ley castellano manchega, la LOTAU ( Ley de Ordenacion del Territorio y Actuacon Urbanistica).
P.de: Consulten a un licenciado especializado en urbanismo.