Amigo 2007-06-08 08:47:48, esto tambien es de la LOREG, por si vas listo tu tambien y como puedes ver tambiem tengo acceso. El secretario no tiene ni voz ni voto en ese sentido.
SECCIóN XIV. ESCRUTINIO EN LAS MESAS ELECTORALES.
Artículo Noventa y cinco.
1. Terminada la votación, comienza, acto seguido, el escrutinio.
2. El escrutinio es público y no se suspenderá, salvo causas de fuerza mayor, aunque concurran varias elecciones. El Presidente ordenará la inmediata expulsión de las personas
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