Vosotros, los o las, que pensais tan mal, dejad de decir , ya, tanta tonteria.
Da la impresion de que los que estais, "fumaos" sois vosotros.
Teneis la peor droga , que se puede tener en esta vida. MALDAD.
Cuando los progresos, que vienen de fuera,
Y avanzan lo mismo que avanza una ola,
Nos traigan los trenes, que es moda extranjera,
Sera una delicia pasar la frontera
Sentado en un tope del furgon de cola.
Muy amo pesar de no haberlo leido, me identifico mas con tomas que con franz, pobre teresa, y que lista sabina (¿te pareces a ella?) del perrito ni hablar.
El corregidor.
No solamente es juaquinito el que tiene muchas criticas yo pienso que hay gente en su entorno y en su casa que son todavia mas falsos o mentirosos que el. Y esperemos que cuando aya que dar dienero para las fiestas todos se rasquen el bolsillo por igual tanto el pp como el psoe ya que estos años el psoe se lo rascaba poco.
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No se a que amigo te refieres y ese libro no lo he leido, no por desconocimiento o falta de tiempo sino porque no es de mi gusto, soy mas rudo que todo eso, aunque no quiero seguir dandote pistas
El corregidor.
Corregidor, no sé si has leido "La insoportable levedad del ser" de Milan Kundera.
A mi me encantó.
¿Crees que le gustará a tu "amigo" ?


" Sintió en su boca el suave olor de la fiebre y lo aspiro como si quisiera llenarse de las intimidades de su cuerpo. Y en ese momento se imaginó que ya llevaba muchos años en su casa y que se estaba muriendo. De pronto tuvo la clara sensación que no podría sobrevivir a la muerte de ella. Se acostaría a su lado y querría morir con ella. Conmovido por esa ... (ver texto completo)
Si soy entendido o no de el romeral es mi problema. Tu no puedes juzgarme, o ¿eres juez?. Soy un estudioso de todo lo que digo y me suelo equivocar, asi que tu que no estudias te equivocas seguro. Te vendria bien un poco de lectura, esos libros que comentamos hace unas semanas podrian llenar los huecos deficientes que existen en tu raciocinio.
El corregidor.
Los illuminatis nunca se marcharon de el romeral. Ahora estan ocultos, moviendo las cuerdas de las marionetas. Papis y mamis.
Por cierto, sabeis que bono quiere volver a la politica, ¿se marcho? ¿le largaron? obedece a alguna logia? este tema es muy interesante, si quereis podemos comentarlo.
Ni faltan ni estan cerca de mi, jaja jaja
El corregidor.
Continuación de la ley de retrasmisiones deportivas de 1997, continuad leyendo, estos artículos de la ley también son interesante:


Art. 5

1. En el supuesto de las competiciones deportivas de liga o copa, se considerará de interés general un encuentro por cada jornada, que deberá ser retransmitido en directo, en abierto, y para todo el territorio del Estado, siempre que haya algún operador o programador interesado en hacerlo.
2. Los operadores o programadores interesados en la retransmisión en abierto de este encuentro tendrán derecho preferente de elección, en el sistema de reparto de encuentros de una misma jornada de cada competición, frente a los operadores que emitan en otros sistemas.
3. Será aplicable, en este supuesto, lo establecido en el artículo 4, apartados 4 y 5.
4. Reglamentariamente, y en atención a los intereses deportivos y mercantiles afectados, podrán establecerse límites de días y horario para estas retransmisiones.


Art. 6

1. Se entiende por pago por consumo, a los efectos de esta Ley, el abono de las contraprestaciones económicas fijas y variables establecidas por la recepción individualizada de determinados programas o retransmisiones.
2. Para poder realizar esta retransmisión, los operadores negociarán con los titulares de los derechos, respetando los principios de publicidad y libre concurrencia, las condiciones de la oferta y el abono de una contraprestación económica, que se fijarán teniendo en cuenta los siguientes criterios:
A) La estabilidad económica de los clubes y sociedades anónimas deportivas.
B) La viabilidad de la competición.
C) El interés de los usuarios.
De) Las condiciones de la retransmisión y la franja horaria de la emisión.
E) La importancia del acontecimiento, competición o espectáculo deportivo.

Art. 7

1. El derecho a la información deportiva previsto en esta Ley será objeto de tutela de acuerdo con lo establecido en la Ley 62/1978, de 26 de diciembre, de Protección Jurisdiccional de los Derechos Fundamentales.
2. Los conflictos derivados de la aplicación de esta Ley y especialmente los relativos a los artículos 3.2, 4.2, 4.4, 4.5 y 6.2 podrán someterse a arbitraje del Tribunal de Defensa de la Competencia en los términos previstos en el artículo 25 de) de la Ley 16/1989, de 17 de julio, sin perjuicio de la aplicación de esta última Ley cuando los hechos constituyeren prácticas restrictivas de la competencia.
Se entenderá aceptada la sumisión al arbitraje, si no se manifiesta expresamente lo contrario, por alguna de las partes, dentro de los veinte días siguientes a la notificación de la formalización del arbitraje ante el Tribunal de Defensa de la Competencia.


DISPOSICION ADICIONAL UNICA


Las Comunidades Autónomas, en el ejercicio de sus competencias, podrán determinar los acontecimientos deportivos que, por su especial relevancia o trascendencia social o por corresponder a selecciones deportivas de la Comunidad, consideren de interés general en su respectivo ámbito territorial, que deberán retransmitirse en directo, en emisión abierta y para todo el territorio de la Comunidad Autónoma.


DISPOSICION TRANSITORIA UNICA

Las modificaciones contractuales que pudieran derivarse de la aplicación de los artículos 4, 5 y 6 de esta Ley, en relación con derechos de emisión y retransmisión previamente negociados, precisarán de acuerdo entre las partes implicadas, sin que en ningún caso pueda el Estado asumir, directa o indirectamente, la compensación de perjuicios económicos.
Si transcurrido un año desde la entrada en vigor de la presente Ley no se alcanzaran acuerdos según lo previsto en esta disposición transitoria, el Consejo para las Emisiones y Retransmisiones Deportivas en el plazo de seis meses elevará informe preceptivo al Gobierno y a la Comisión de Educación y Cultura del Congreso de los Diputados, sobre la adecuación de la situación a la nueva legislación y efectuará, de oficio, las oportunas recomendaciones a los respectivos titulares de los derechos.


DISPOCICION FINAL PRIMERA

La presente Ley se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.1.a y 27.a de la Constitución.


DISPOSICION FINAL SEGUNDA

En lo no previsto en la presente Ley será de aplicación lo dispuesto en la legislación de Defensa de la Competencia, de Defensa de los Consumidores y Usuarios y de Condiciones Generales de Contratación.


DISPOSICION FINAL TERCERA

Se autoriza al Gobierno a dictar cuantas disposiciones resulten necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente Ley.


DISPOSICION FINAL CUARTA

Se autoriza al Gobierno para la creación del Consejo para las Emisiones y Retransmisiones Deportivas, del que formarán parte, en todo caso, una representación de las autoridades gubernativas deportivas de ámbito estatal y autonómico; de las Federaciones; de las Ligas Profesionales; de las distintas Asociaciones de Deportistas Profesionales; de las entidades organizadoras de las competiciones y acontecimientos deportivos; de los medios de comunicación social, públicos y privados, y de las Asociaciones de Usuarios y Consumidores.


DISPOSICION FINAL QUINTA

La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado". ... (ver texto completo)
Si para resolver un "problemilla domestico"(piscina) necesitan tanto tiempo, made mia ¿que pasara cuando tengamos verdaderos problemas? ¿tanto se tarda en consultar al grupo mediatico del paseo de lillo?
De la desercion del coro nadie habla, que casuallidad.
El corregidor.
!Vaya por Dios corregidor! Te persigue tu "amigo". Le debe importar mucho el tema que nos traemos entre manos.

¿O es que quiere ayudarme con las adivinanzas?

La regenta.
Esto es lo que se acordó en su día en el Congreso de los diputados en consenso el PP y el PSOE en el año 1997 un año después de llegar Aznar al poder.

Propuesta del ex-ministro Cascos, el PSOE la votó aquel año a favor, el PP en los 8 años en el poder la ha cumplido, cosa que este año el PSOE no lo ha hecho y ha dejado que La Sexta (una cadena que no tiene suficiente cobertura en todo el país) la cual no cumple los artículos 4 y 5 de esta LEY la cual obliga a ceder la señal de el partido de liga ... (ver texto completo)
La nueva alcaldia en una semana han hecho mas daño en el pueblo que ninguna otra alcaldia en 4 años, y seguro que para hacer mas daño van a parar las nuevas construciones de viviendas y el poligono industrial, para que nos quedemos sin trabajo y sin viviendas.NOS VAN A MANDAR DE REGRESO A LA EDAD MEDIA, y seguro que las fiestas nos las van a chafar como la concentracion motera.
Te crees un entendido en El Romeral y creo que no lo eres, esos apellidos que mencionas los tienen personas de derechas y también de izquierdas, por cierto ten cuidado que alguno lo puedes tener muy cerca. Según un anterior mensaje tuyo te falta uno !búscalo!
Te echaba de menos Conciliador, ya te dije hace unos días que tu eres de los que piensan como yo y que me gustaría poder hablar contigo personalmente.
Un saludo y hasta pronto.