RADA DE HARO: A quien pueda interesar, los empleados de hosteleria...

A quien pueda interesar, los empleados de hosteleria que tengan que soportar los humos de tabaco, por estar permitido fumar en el local donde prestan sus servicios, tendran que abonarle un plus en cálidad de TOXICO PENOSO, y según la Ley 28/2005, Art. 7, 1º de la mecionada Ley, de fecha 26 de diciembre, los lugares donde se manipulen alimentos, independientemente de las bebidas, deben ser libres de humo, por lo cual o Humos o Tapas.

Ruego la mayor difusión posible para conocimiento de los sindicatos que ignoran todo.

EL CRONISTA AMBULANTE.