Título de Villa, ALBENDEA

Y los unos ni los otros no
hagáis ni hagan en de al por alguna manera so pena de la nuestra merced y de cien mil
maravedíes para la nuestra cámara a cada uno por quien fincare de lo así hacer y cumplir. Y
además mandamos al hombre que les esta nuestra carta o el traslado de ella signado mostra-
re que los emplace y que parezcan ante nos en la nuestra corte, doquier que nos seamos, del día
que los emplazare hasta quince días primeros siguientes, so la dicha pena so la cual manda-
mos a cualquier escribano público, que para esto fuere llamado, que de ende al que
la mostrare testimonio signado con su signo, porque nos sepamos en como se cum-
ple nuestro mandado. Y de esto os mandamos dar esta nuestra carta escrita en pergami-
no de cuero sellada con nuestro sello de plomo pendiente en hilos de seda a colores
y librada de algunos del nuestro consejo. Dada en la villa de Valladolid
a veinte días del mes de noviembre año del nacimiento de Nuestro
Salvador Jesucristo de mil y quinientos y treinta y siete años años.
Yo, el Rey (rúbrica).
Yo Juan Vázquez de Molina, secretario de sus cesáreas y Católicas
Majestades, la hice escribir por su mandado (rúbrica).