CAMPORRELLS: La sentencia salomónica del Juzgado de 1ª Instancia...

Respecto al litigio sobre la propiedad del balneario de Camporrells, la resolución del Tribunal Supremo en su sentencia recaía en el recurso de casación de 27 de junio de 2000 fallaba: "QUE DEBEMOS DECLARAR Y DECLARAMOS NO HABER LUGAR AL RECURSO DE CASACIÓN, interpuesto por la Procuradora Dª Mónica L. M., en nombre y representación de D. José M. B. G., respecto a la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Huesca, con fecha 28 de junio de 1.995 la que se confirma en todos sus pronunciamientos, condenándose a dicha parte recurrente al pago de las costas. Líbrese a la mencionada Audiencia certificación correspondiente, con devolución de los autos y rollo de apelación remitidos"

La sentencia salomónica del Juzgado de 1ª Instancia origen del conflicto jurisdiccional sobre la propiedad del Balneario de Camporrells, fue literalmente el siguiente:
"FALLO.- Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda de retracto interpuesta por D. Fermín y Doña Victoria, representados por la Procuradora Sra. Mora Duarte contra D. Carlos Ramón representado por la Procuradora Sra. Pérez, debiendo declarar y declarando que los referidos demandantes tienen derecho a retraer unicamente la participación dominical de la finca nº NUM000 a que se refiere la demanda (finca registral nº 1 del Ayuntamiento / Sección de Camporrells del Registro de la Propiedad de Tamarite de Litera) condenando al referido demandado a que otorgue en el plazo de 30 días escritura de venta de la finca antes mencionada a favor de los actores, bajo apercibimiento de otorgarse de oficio si no lo hiciere, y absolviéndole de todos los demás pedimentos referidos a la finca descrita como nº 2 de la demanda y todo ello sin especial pronunciamiento en costas."
Respuestas ya existentes para el anterior mensaje:
Podrías decirnos la fecha de esta sentencia, porfi. No es por nada, pero así podríamos hacernos una idea más clara de este proceso tan largo. Ah, sino es mucha molestia, también seria interesante el fallo de la Audiencia de Huesca, antes de la del Supremo que ja la he visto colgada