Esa Costrucción es perseguible de Oficio y a Instancia de Parte; osea, que el Ayutamiento , como garante y competente de las leyes sobre edificabilidad en su municipio es el que tiene o tuvo que haber perseguido , mediante DENUNCIA, este atropello al Medio Ambiente; ...¿ Lo hizo ? .. O miró hacia otro lado...
Si miró hacia otro lado y se hizo el ciego, viendo como edificaba sin licencia alguna; pero a ojos de todos, es un delito que debe de perseguir la Fiscalia de Medio Ambiente de Oficio y depurar responsabilidades en su caso.
Demoler de Manera Urgente esa edificación y restableces el monte a sus Origenes.
Menudo daño han causado a Jamilena unos cuantos, amparados desde el Ayuntamiento por ineficaces en la realización de defensa de los intereses de todos , en beneficio de unos pocos¡¡¡ solo de unos pocos, y realizandolo fuera de la Ley.
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