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ENCINASOLA: La Agencia Española de Protección de Datos, solo se...

La Agencia Española de Protección de Datos, solo se opone cuando no existe veracidad en los datos que se hacen públicos, o sea normalmente se suele dar en temas bancarios, incorporando actualmente a listas de morosos la empresas de telefonia, cuando se producen deudas, como puede ser el ASNEF, la Ley que vd. Menciona Ley Organica 15/1999, de 13 de Diciembre, en su articulo "calidad de datos" dispone "Los datos de carácter personal serán exactos y puestos al dia de forma que responda con veracidad a la situación actual del afectado" El articulo 45, tipo de sanciones, contenpla sanciones desde 60.000 € a 600.000 €, y se graduaran atendiendo a la naturaleza de los derechos personales de los afectados, al volumen de los tratamientos afectuados a los beneficios obstenidos, al grado de intencionalidad a la reincidencia, a los daños y perjuicios causados a las personas interesadas y a terceras personas, y a cualquier otras circunstancia que sea relevante para determinar el grado de antijuricidad y de culpabilidad presentes en la concreta actuación infractora"
La red, no comete revelación de datos cuando un ciudadano sea ofendido y demuestre el hecho, yo no me puedo acordar de la madre de alguno y quedar impune, ya que la propia red, seria encubridora de un delito de infamias.
Ni el espacio ni el tiempo me da para redactarle todo el articulado, sí puedo decirle que recientemente han sido sancionada una empresa de telefonía con 60.000 €, y otra de tipo financiero con igual cantidad, la red existen delitos informaticos y estan pefectamente legislados y regulados, por lo cual el Poeta, no tiene que tomar nota y sí usted, yo no lo copio de ningún otro foro lo he redactado de acuerdo a lo que dice la Ley, en un caso y otro, y pese a tener poder ejecutivo la Agencia Española de Protección de datos, siempre prevalecerá la via judicial, no copie si no tiene conocimientos mas amplios que los expuestos.
Sixto Gotor.