25 años de Constitución
El Derecho para el pensamiento liberal relativista no es sino la estructura normativa del Estado. ¿Cuál es pues el sentido y el fundamento de una constitución en un sistema liberal relativista frente al concepto clásico de Constitución Interna?
Se han cumplido los 25 años de la aprobación de la Constitución en las Cortes por los partidos políticos que la habían pactado.
La Constitución Española de 1978, debida a una iniciativa parlamentaria, fue elaborada y aprobada por las Cortes formadas como resultado de las Elecciones Generales del 15 de junio de 1977. Unas Cortes no convocadas ni elegidas como constituyentes.
El 26 de julio de 1977, en las Cortes no elegidas como constituyentes, se procede al nombramiento de una Comisión Constitucional —después denominada Comisión de Asuntos Constitucionales y Libertades Públicas— del Congreso de los Diputados. La Comisión encomendó a una Ponencia la redacción de un anteproyecto de Constitución.
El 1 de agosto de 1977 la Ponencia comienza sus trabajos.
El 5 de enero de 1978 se publica en el «Boletín Oficial de las Cortes» el Anteproyecto de Constitución junto con los votos particulares de los Ponentes.
El 17 de abril de 1978 se publica en el «Boletín Oficial de las Cortes» el informe de la Ponencia sobre las enmiendas presentadas al Anteproyecto.
Del 5 de mayo al 20 de junio de 1978 se celebra el debate en la Comisión de Asuntos Constitucionales y Libertades Públicas (24 sesiones).
El 1 de julio de 1978 se publica en el «Boletín Oficial de las Cortes» el dictamen de la Comisión.
Del 4 al 21 de julio de 1978. Se celebra el debate en el Pleno del Congreso de los Diputados (12 sesiones).
El 21 de julio de 1978 el Pleno del Congreso de los Diputados aprueba por 258 votos a favor, dos en contra y 14 abstenciones el texto del Proyecto en su conjunto.
Del 18 de agosto al 14 de septiembre de 1978 la Comisión de Constitución del Senado debate el Proyecto remitido por el Congreso de los Diputados (17 sesiones).
Del 25 de septiembre al 5 de octubre de 1978 se celebra el debate en el Pleno del Senado (10 sesiones).
El 13 de octubre de 1978 se publican en el «Boletín Oficial de las Cortes» las «Modificaciones al texto del Proyecto de Constitución» propuestas por el Senado.
El 28 de octubre de 1978 se publica en el «Boletín Oficial de las Cortes» el dictamen de la Comisión Mixta Congreso-Senado.
El 31 de octubre de 1978 fue sometido a la aprobación de cada una de las Cámaras, por separado, el dictamen de la Comisión Mixta.
El Pleno del Congreso de los Diputados lo aprobó por 316 votos a favor, seis en contra y tres abstenciones. El Pleno del Senado lo aprobó por 226 votos a favor, cinco en contra y ocho abstenciones.
El 6 de noviembre de 1978 se publica la declaración formal del Presidente de las Cortes de haber quedado aprobado el dictamen de la Comisión Mixta
Después pasa por los trámites del referéndum el día 6 de diciembre de 1978, la promulgación por S. M. el Rey, el día 27 de diciembre de 1978, y la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de 29 de diciembre de 1978.
Pero ¿cuál es sentido y el fundamento de una constitución en un sistema liberal?
El Derecho para el pensamiento liberal relativista no es sino la estructura normativa del Estado.
El Derecho para el pensamiento liberal relativista no es sino la estructura normativa del Estado. ¿Cuál es pues el sentido y el fundamento de una constitución en un sistema liberal relativista frente al concepto clásico de Constitución Interna?
Se han cumplido los 25 años de la aprobación de la Constitución en las Cortes por los partidos políticos que la habían pactado.
La Constitución Española de 1978, debida a una iniciativa parlamentaria, fue elaborada y aprobada por las Cortes formadas como resultado de las Elecciones Generales del 15 de junio de 1977. Unas Cortes no convocadas ni elegidas como constituyentes.
El 26 de julio de 1977, en las Cortes no elegidas como constituyentes, se procede al nombramiento de una Comisión Constitucional —después denominada Comisión de Asuntos Constitucionales y Libertades Públicas— del Congreso de los Diputados. La Comisión encomendó a una Ponencia la redacción de un anteproyecto de Constitución.
El 1 de agosto de 1977 la Ponencia comienza sus trabajos.
El 5 de enero de 1978 se publica en el «Boletín Oficial de las Cortes» el Anteproyecto de Constitución junto con los votos particulares de los Ponentes.
El 17 de abril de 1978 se publica en el «Boletín Oficial de las Cortes» el informe de la Ponencia sobre las enmiendas presentadas al Anteproyecto.
Del 5 de mayo al 20 de junio de 1978 se celebra el debate en la Comisión de Asuntos Constitucionales y Libertades Públicas (24 sesiones).
El 1 de julio de 1978 se publica en el «Boletín Oficial de las Cortes» el dictamen de la Comisión.
Del 4 al 21 de julio de 1978. Se celebra el debate en el Pleno del Congreso de los Diputados (12 sesiones).
El 21 de julio de 1978 el Pleno del Congreso de los Diputados aprueba por 258 votos a favor, dos en contra y 14 abstenciones el texto del Proyecto en su conjunto.
Del 18 de agosto al 14 de septiembre de 1978 la Comisión de Constitución del Senado debate el Proyecto remitido por el Congreso de los Diputados (17 sesiones).
Del 25 de septiembre al 5 de octubre de 1978 se celebra el debate en el Pleno del Senado (10 sesiones).
El 13 de octubre de 1978 se publican en el «Boletín Oficial de las Cortes» las «Modificaciones al texto del Proyecto de Constitución» propuestas por el Senado.
El 28 de octubre de 1978 se publica en el «Boletín Oficial de las Cortes» el dictamen de la Comisión Mixta Congreso-Senado.
El 31 de octubre de 1978 fue sometido a la aprobación de cada una de las Cámaras, por separado, el dictamen de la Comisión Mixta.
El Pleno del Congreso de los Diputados lo aprobó por 316 votos a favor, seis en contra y tres abstenciones. El Pleno del Senado lo aprobó por 226 votos a favor, cinco en contra y ocho abstenciones.
El 6 de noviembre de 1978 se publica la declaración formal del Presidente de las Cortes de haber quedado aprobado el dictamen de la Comisión Mixta
Después pasa por los trámites del referéndum el día 6 de diciembre de 1978, la promulgación por S. M. el Rey, el día 27 de diciembre de 1978, y la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de 29 de diciembre de 1978.
Pero ¿cuál es sentido y el fundamento de una constitución en un sistema liberal?
El Derecho para el pensamiento liberal relativista no es sino la estructura normativa del Estado.