buenos dias chavales endertajo..... hoy toca
lluvia..
Ya sabeis que una Sentencia del Tribunal incostitucional la Disposición Adicional 7ª LGSS, de la Ley General de la Seugirdad Social, lo que equivale que los dias cotizados a tiempo parcial han de computarse a tiempo completo (muy importante ara aquellos que les han denegado la prestación por no tener suficiente cotización y trabajaron a tiempo parcial y para las futuras pensiones,,, ea ya mexplicao)...