FREILA: Delito previsto y penado en el art. 417 del C. P. con...

Delito previsto y penado en el art. 417 del C. P. con la agravante de premeditación que se dedujo de la investigación, demostrándose que Pelegrina Montuis preparó el delito con mucho tiempo, realizando diversos intentos para obtener sustancias venenosas "sin que nada moviera su ánimo de desistir del mismo, sino que por el contrario cada día persistía con más firmeza, y aun a veces aumentando deliberadamente el dolor de la víctima", lo que podía considerarse como otra circunstancia agravante.

El Tribunal no encontró ninguna atenuante por lo que confirmó la pena de muerte firmando la sentencia D. Emilio Bravo, D. Eduardo Martínez del Campo, D. Mateo de Alcocer, D. José de Aldecoa, D. Rafael Álvarez, D. Miguel de Castells y D. Juan Manuel Romero, dando fe el secretario Lic. José María Pantoja, en Madrid a 11 de julio de 1889.