Es muy posible que en el transcurso de los primeros siglos de su historia, los romanos de vieja estirpe no hayan conocido la propiedad individual. Las tierras eran poseídas por el clan (las gentes), es decir, un conjunto de familias proveniente de un antepasado común. Estas tierras se componían de dos partes, una, común a todos los miembros de la gens, para los rebaños, por ejemplo, o la explotación forestal. La otra se dividía en lotes relativamente pequeños atribuidos a cada casa y estaban destinados a subvenir las necesidades particulares de la familia. Se cultivaba en este recinto familiar, en cuyo centro se erigía la casa.