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CUENCA: Bueno, bueno... ahora resulta que eres todo un licenciado......

Jose, ya hace mas de 6 años que no sabes nada de tus hijos, son hijos de un cuenqueño, y a dia de hoy todavia no quieres entender que la ley no hace distinciones si eres del municipio de Fuenteobejuna (todos a una contra la Lídia, como dijo tu madre hace 2 dias) eso lo lleva diciendo la madre de tus hijos desde hace mas de 6 años y todavia se mantiene, por desgracia para la vida, salud e integridad de 2 niños Henoch y Pau de 7 y 5 años que no te conocen, solo saben de ti por su madre y por la lucha que lleva para que respondas por ellos (economicamente y afectivamente) lo necesitan. Para los cuenqueños que lean este mensaje, POR FAVOR QUE HAGAN REACCIONAR A JOSE Y RESPONDA POR SUS HIJOS, QUE LA LEY DICE BIEN CLARO: Quien abandona a hijos y maltrata a la madre (fisica, psicologimente...) tiene pena de carcel de 2 a 4 años, y todos los que encubren sabiendo de la situación tendran que pagar igualmente. Es la ley 103 del estado español. La ley 5/2008 de la Generalitat de Catalunya. No es broma si denuncia la madre no valdran las mentiras que hasta hoy dia se han echado contra la madre y los niños de Jose.
Por favor el que escribe Lorenzo Rivera, también ha sido participe de esta barbaridad ya que hace 9 años que Lídia se separo de mi y desde entonces no he parado de hacer maltrato psicologico contra ella y mis dos hijos Daniel y Saül de 19 y 15 años actualmente. Yo también pringo y toda mi familia por el apoyo a este maltrato, injurias, violencia, desprecio, insultos, vejación, etc...
Por favor es muy grabe si se SOLUCIONA POR LAS BUENAS Y JOSE RESPONDE NO HAY DENUNCIA Y EL TOPE ES DESPUES DE SEMANA SANTA. Hacer el bien por una aldea que esta anclada en el medievo y se permiten tener actitudes franquistas a dia de hoy.

Bueno, bueno... ahora resulta que eres todo un licenciado...
Para empezar, decirte que nada tienen que ver los delitos por abandono de hogar con los de maltrato psicológico al cónyuge.
Los delitos de maltrato en el ámbito del hogar son el 153 y 173 del código penal. Siento decirte que Jose no ha infringido ninguno de los dos, y que el lamentable estado psicológico de tu esposa creo que es de nacimiento. No obstante debiera preguntarse quién maltrató psicológicamente a quién, pq Lídia es experta en eso...
En cuanto al delito de abandono de hogar art. 103 capítulo III sección III del código penal (pq no sé si sabes que el código penal es el mismo para los catalanes que para el resto de españoles), las penas van de 3 a 6 meses de cárcel o 12 meses de multa (pero no sé si sabes que una persona sin antecedentes como es el caso de Jose NUNCA entraría en prisión si la pena exigida no fuera de más de 2 años). En el caso de reiteración la pena podría subir a 24 meses de cárcel (pero sigue sin superar los 2 años, por lo tanto, no hay prisión que valga!)
En cuanto a que los encubridores pagarán la misma pena me MEO de la risa! tú has visto muchas películas chaval!
Por último deciros que ya que estais tan "puestos" en el código penal, os mireis el apartado de delitos contra la libertad, concretamente los delitos de amenazas y coacciones, pq es a lo que os estais dedicando últimamente contra todos los cuenqueños y no cuenqueños mediante sms y publicaciones en web, así que tener cuidado porque os podrían llover un alubión de denuncias que no vais a salir del juzgado (y el no presentarse es delito de obstrucción a la justicia).
Ala un saludo,