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UJUE: SOBRE CONCURSO DE TRASLADOS EN LA ESCUELA DE UJUÉ ALLÁ...

SOBRE CONCURSO DE TRASLADOS EN LA ESCUELA DE UJUÉ ALLÁ POR EL AÑO 1916.

Revista general de enseñanza y bellas artes. 8/5/1916, página 4.. traslados

La Gaceta de Instrucción Públlca.

Otra resolviendo instancia de D. Salomón Gómez Muñoz, maestro de Carmona, solicitando se haga constar en el escalafón que es maestro con arreglo al plan de 30 de agosto de 1914.
Otra ídem id. de D, Ángel Esteban Sagarra y doña Carmen Decha Malo, maestros de Ujué (Navarra), solicitando ser trasladados por reingreso a escuelas de provincias sometidas a la legislación general,

Gaceta de instrucción pública y bellas artes. 10/5/1916, página 5.

— «Ilustrisimo. Sr.: La Comisión organizadora del Escalafón general del Magisterio ha emitido el siguiente informe:
«D. Ángel Esteban Sagarra y D.* Carmen Decha Malo, maestros de Ujué (Navarra), se dirigen al Ministerio en súplica de ser trasladados por reingreso a escuelas de provincias sometidas a la legislación general, favoreciéndoles con el derecho que obtendrían los consortes en los concursos de traslado:
Considerando que el vigente Real decreto de provisión de escuelas de 19 de Agosto de 1915 mantiene el privilegio de los maestros consortes en los concursos de traslado, sólo en cuanto a tener por renunciadas las escuelas en caso de no coincidir loe cónyuges en una misma localidad en la propuesta:
«Considerando que para evitar los perjuicios de una separación, se dispuso por Real orden de 22 de Agosto de 1913 que cuando un cónyuge sea trasladado por expediente de incompatibilidad, debe serlo precisamente a localidad donde haya vacante para su consorte:
«Considerando que si este precepto rige para uno de los casos comprendidos en el artículo 20 del Real decreto de 19 de Agosto de 191.5 y para aquel en que el traslado tiene carácter forzoso, y es precedido de un expediente, no hay razón para no aplicar igual criterio a todos los demás casos qué dicho articulo fija, siempre que lo. soliciten los interesados, ya que ellos son los que dejan de experimentar el beneficio del traslado:
«La Comisión entiende que procede declarar con carácter general que cuando los maestros aleguen en el reingreso el derecho de consortes se les tenga por desistido de su petición en caso de no haber vacante desierta en concurso de traslado que adjudicar a su cónyuge.
«En virtud de tal declaración, y de acuerdo con la pretensión de los solicitantes, no se les puede adjudicar plaza en este reingreso por no haber dos plazas de ambos sexos qué reúnan las condiciones exigidas por el citado artículo en el Rectorado de Zaragoza
Y conformándose S. M. el Rey (q. D. g) con el preinserto dictamen, se ha servido resolver como en el mismo se propone.