OFERTA LUZ: 5 Cts/kWh

SORIA: 30/12/2010...

La Audiencia se declara incompetente

Habrá fútbol el domingo
La Audiencia Nacional se ha declarado hoy incompetente para decidir sobre la petición de la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE) de suspender los partidos de liga fijados para el domingo 2 de enero, que se disputarán según lo previsto.

- Madrid - 30/12/2010

En un auto notificado hoy, el tribunal entiende que la cuestión debía haberse planteado ante la jurisdicción contencioso-administrativa y no ante lo social, ya que el calendario de liga fue aprobado por la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) y por delegación del Consejo Superior de Deportes (CSD), en un acto que considera administrativo.

La decisión, adoptada por unanimidad, supone que los partidos de liga fijados para el próximo día 2 se disputarán según lo previsto, ya que aunque la AFE planteara una nueva demanda ante la instancia competente, ésta no podría resolverse a tiempo porque los días 31 de diciembre y 1 de enero son inhábiles.

Los magistrados de la sala de lo social de la Audiencia, Ricardo Bodas, Manuel Poves y Enrique de No, han estimado así la "excepción de incompetencia" planteada en la vista de ayer por la Liga de Fútbol Profesional (LFP), contra la que la AFE se había dirigido al entender que la celebración de partidos el 2 de enero vulneraba el convenio colectivo firmado por ambas partes.

La sala entiende que acceder a la petición de la AFE supondría una alteración del calendario de competición, en lo que sería un acto administrativo que corresponde conocer a la jurisdicción contencioso-administrativa y no a la social, que se ocupa de las cuestiones laborales.

Los magistrados, en cualquier caso, admiten que no hubo acuerdo entre las partes para consensuar un calendario de competición y que, a pesar de ello, la LFP propuso a la RFEF jugar partidos el 2 de enero, a pesar de que en el convenio colectivo se había pactado expresamente que no se disputarían encuentros en esa fecha.

El tribunal añade que, desde que la AFE tuvo conocimiento de esa circunstancia el pasado mes de julio, podía haber planteado un conflicto colectivo o una demanda de medida cautelar, en cuyo caso sí habría sido competente la sala de lo social.

Una vez aprobado el calendario por la RFEF, sin embargo, se considera que es un acto administrativo.

30/12/2010

El número de españoles que decide independizarse y crear su propia empresa está en auge. La coyuntura económica actual, que está afectando en gran medida a las relaciones laborales, ha contribuido a que muchos profesionales decidan constituirse como autónomos, dada la enorme dificultad de encontrar empleos estables y de calidad. De hecho, en España hay ya cerca de tres millones de autónomos -aproximadamente el 20% de la población activa-, y se estima que esta cifra se incremente aún más con la entrada en vigor de la Ley 32/2010, que establece por primera vez una prestación por cese de actividad de los trabajadores autónomos. Esta ley supone una mejora de la protección social de este colectivo al que la crisis ha dejado especialmente expuesto y desprotegido.

Sin embargo, desde la aprobación de esta Ley las reacciones no han parado de sucederse, ya que la medida plantea muchos interrogantes que están empañando sus buenas intenciones. Uno de los aspectos más controvertidos es la duración de la prestación, que dependerá de los periodos de cotización efectuados con anterioridad a la situación legal de cese de la actividad: se podrá cobrar, como máximo, durante un año, siempre que se haya cotizado al menos 48 meses, 12 de los cuales de forma continuada e inmediata anterior a la situación de cese de actividad. Además, deberán concurrir y acreditarse unas pérdidas en un año completo superiores al 30% de los ingresos o al 20% en dos años consecutivos (un 20% cada año).

Será a partir de 2012 cuando se empiecen a conceder las primeras prestaciones, por lo que para muchos la medida llegará demasiado tarde, ya que la destrucción de empleo entre los autónomos se está produciendo ya a un ritmo imparable a causa de la crisis.

No obstante, la viabilidad financiera de la gestión de la prestación, en los términos en que ha quedado definida, genera un alto grado de incertidumbre para los próximos años. Ante la incógnita del grado de aceptación que pueda tener entre el colectivo de trabajadores autónomos y teniendo en cuenta la evolución de los recursos por cotización y el coste de la prestación, así como el actual entorno de crisis económica, resulta más que probable que se produzca una situación de pérdidas económicas a partir del tercer año de gestión de la prestación. De hecho, y precisamente en previsión de ello, la norma ya contempla que el sistema sea revisado transcurridos dos años desde la entrada en vigor de la ley para evaluar su funcionamiento y constatar si corresponde modificar la cuantía de las prestaciones o el modelo de gestión.
Respuestas ya existentes para el anterior mensaje:
La Comisión del Pacto de Toledo, encargada de debatir el futuro de las pensiones, aprobó ayer con el voto en contra de la izquierda (IU-ICV-ERC y BNG) las recomendaciones para reformar el sistema. Ahora el Gobierno tiene en su mano hacer caso o no a estas propuestas que, además de vetar la idea de elevar la edad de jubilación a los 67, le encargan otra importante tarea: incentivar los planes de pensiones privados “establecimiendo estímulos fiscales adicionales en la regulación del Impuesto de Sociedades”.

Para ... (ver texto completo)