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OCAÑA: En la urbanización y posterior construcción sí. Si...

En la urbanización y posterior construcción sí. Si el suelo es rústico, no. Tu ve al Ayto y di que quieres segregar suelo rústico, te dirán que vayas a Toledo a solicitarlo y en Toledo te autorizarán si tiene un mínimo de superficie, que ni mucho menos son los 1000 o los 5000 m2 que puedan llegar las susodichas parcelas, por eso no se pueden escriturar las parcelas si no un proindiviso del terreno común. Y para construir la autorizacón es más de lo mismo, diciendo que es una casa de labranza, aperos, etc... pero no en un terreno en el cual crecen las casetas como champiñones, eso nunca te lo autorizarán. Si fuera competencia del Ayto estoy convencidísma que ya estaría el tema en los juzgados.
Respuestas ya existentes para el anterior mensaje:
No tienes ni idea.. yo segrege una finca rustica de un familiar y lo hicimos en el Ayuntamiento. Informate antes por favor.
No se si eres ingenua o te lo haces, el ayuntamiento es responsable por acción u omisión, si le compete y conoce un ilegalidad esta obligado a denunciarlo, es un problema de su municipio
¡Pero como lo va a denunciar si el primero que se hizo una construccion ilegal en el campo es un concejal del PP.