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VALLE DE ABDALAJIS: Hola vallesteros,...

Hola vallesteros,

os dejo un artículo de la ley andaluza que es muy clara y no da lugar a equívocos.

Artículo 4. Cooperación de otras Administraciones Públicas.

2. Corresponde a los municipios la misión de colaborar
activamente en la protección y conservación de los bienes integrantes
del Patrimonio Histórico Andaluz que radiquen en
su término municipal, en especial a través de la ordenación
urbanística, así como realzar y dar a conocer el valor cultural
de los mismos.
Asimismo podrán adoptar, en caso de urgencia, las medidas
cautelares necesarias para salvaguardar los bienes del
Patrimonio Histórico Andaluz cuyo interés se encontrase amenazado,
sin perjuicio de cualquier otra función que legalmente
tengan encomendada.