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VALLE DE ABDALAJIS: Asimismo es fundamental concienciar a los consumidores,...

Asimismo es fundamental concienciar a los consumidores, representantes de la
propiedad y Administradores de Fincas que las empresas instaladoras de
telecomunicaciones a las que confíen los trabajos, es decir, todas aquellas que
realicen actividades de instalación o mantenimiento de repetidores o sistemas de
telecomunicación, deban estar inscritas en el Registro de Empresas
Instaladores de Telecomunicación, de carácter público y de ámbito nacional,
creado en la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad
de la Información y en aquellos Registros existentes en el ámbito de las CC. AA.
La inscripción en este Registro tiene la consideración de título habilitante y la
realización de la actividad sin dicha habilitación será considerada como una
infracción grave (artículo 54. k de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General
de Telecomunicaciones). La Secretaria de Estado de Telecomunicaciones y
para la Sociedad de la Información, a través de su página Web, hace públicos,
además de los datos del Registro de empresas instaladoras de
telecomunicación considerados como públicos, aquellos otros complementarios
que figuran en la Hoja de inscripción de dichas empresas, tales como dirección
de notificación y teléfono, necesarios para que terceras partes puedan entrar
en contacto con ellas.